Política de cookies

Usamos cookies propias y de terceros para ofrecerle una experiencia fiable y personalizada. Para continuar navegando en Grupo Asebutra, debe aceptar nuestra política de privacidad. Si lo desea, puede consultar toda la información en nuestro aviso legal y condiciones generales de uso.

El Reino Unido deja de ser un Estado miembro de pleno derecho el próximo viernes a las 24:00 horas. Pero el verdadero Brexit entrará en vigor el 1 de enero de 2021, cuando concluya el periodo transitorio. Puede decirse, que el Reino Unido seguirá siendo parte de la UE a efectos prácticos, pero no contará con voz ni voto en su toma de decisiones.

Durante al menos todo el año 2020 se mantienen las actuales condiciones para la libre circulación de mercancías y pasajeros entre la UE y el Reino Unido, por lo que los transportistas españoles pueden continuar realizando servicios de transporte internacional con el país británico sin ningún tipo de limitación administrativa, ni restricción aduanera.

El escenario cambiará el 31 de diciembre de 2020, cuando termine la negociación de la relación futura. La UE siempre ha afeado que este calendario es muy ajustado, pero Boris Johnson, primer ministro británico, ha legislado para prohibir una prórroga de estos plazos. En cualquier caso, la petición de extensión debe solicitarse antes del 30 de junio. De lo contrario, no habría otra opción que concluir todos los flecos de la futura relación (pesca, comercio, seguridad o transporte) para finales de este año 2020.

ACUERDO DE RETIRADA

Hace 4 años