Todos los transportistas que estén inscritos, o lo hayan estado en 2020, en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional deberán justificar por cada uno de los vehículos censados de su titularidad el número de kilómetros recorridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de dicho año.
Cuando los vehículos hayan pertenecido a diferentes beneficiarios durante todo el año natural objeto de declaración, esta deberá referirse exclusivamente para cada beneficiario, al periodo de tiempo efectivo de su titularidad durante dicho año natural de declaración.
Hace 3 años