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Las empresas que estén temporalmente activas como proveedores de servicios en los Países Bajos, deberán registrar a sus empleados a partir del 1 de marzo de 2020, a través de un sistema digital que ha puesto en marcha el Ministerio holandés de Asuntos Sociales y Trabajo (también afecta a los trabajadores por cuenta propia).

De esta manera los Países Bajos se acogen a la ley sobre los trabajadores desplazados de la Unión Europea que entró en vigor el 18 de junio de 2016, por la que los trabajadores tienen derecho a seguir las condiciones de empleo establecidas allí, en cuanto a salario mínimo, tiempos de descanso, trabajo seguro se refiere.

¿En qué casos existe la obligación de realizar la notificación?

El proceso debe realizarse en los casos en los que:

- Se transporten mercancías entre dos puntos de los Países Bajos (cabotaje).

- Si se carga o descarga en los Países Bajos como parte de un transporte internacional.

Es obligatorio realizar la notificación de dicho trabajo antes de que se lleve a cabo.

En el caso del transporte de mercancías por carretera se puede realizar una notificación anual para las empresas que trabajan en el extranjero, autónomos del sector del transporte de mercancías por carretera o en caso de que se proporcionen servicios en nombre de un cliente o empresa de los Países Bajos.

Las notificaciones se podrán realizar a partir del 10 de febrero en un portal web (se puede acceder aquí, pero no será hasta el 1 de marzo cuando deban realizarse obligatoriamente. A partir de esa fecha, en caso de no se realicen, se cumplimenten tarde o con errores, las autoridades podrán sancionar con una multa de hasta 12.000 euros, tanto a los proveedores de servicios como a sus clientes.

Los datos que se han de verificar son: información de la empresa, datos del cliente, industria en la que opera, la dirección del lugar de trabajo, la duración estimada de la actividad, identidad del responsable del pago de los salarios, identidad de los empleados potenciales y la certificación del pago de las contribuciones. Pero, además, en el caso del empleador (y no del autónomo), debe tener una persona de contacto en los Países Bajos que será la que establezca contacto con las autoridades holandesas en caso de inspección.

Hace 4 años