No existe una prohibición general de circulación para el tráfico internacional los domingos y días festivos. Existen, sin embargo, varias Prohibiciones para el transporte especial.
Prohibiciones en autopistas y otras carreteras
La circulación de transporte especial con un ancho que exceda los 4.00 m o tenga más de 30.00 m de largo, está prohibida desde las 06.00 h a las 21.00 h.
En autopistas con menos de tres carriles, con excepción de los carriles de acceso y entrada marcados con el panel F5 en autopistas de más de 3 carriles, la circulación de transporte especial que exceda los 3.50 m está prohibida desde las 06.00 h a las 21.00 h.
Su circulación también está prohibida los siguientes días festivos desde las 16.00 h del día anterior hasta las 24.00 h del mismo día: 1 enero, Lunes de Pascua, 1 mayo, Día de la Ascensión, Lunes de Pentecostés, 21 julio, 15 agosto, 1 noviembre, 11 noviembre y 25 diciembre.
Tampoco podrán circular desde el sábado a las 12.00h hasta el domingo a las 24.00h. Excepto grúas que no excedan las 96 toneladas o una longitud de 3 metros.
Para los vehículos de transporte especial que excedan las 60 toneladas de MMA, los 3.5m de ancho o los 27.00m de largo y que no estén provistos de licencia que prescriba que no van a tener un impacto sobre el tráfico, está prohibida la circulación desde las 07.00h hasta las 09.00h y desde las 16.00h hasta las 18.00h.
Estas restricciones no se aplicarán a transportes agrarios.
Condiciones del tráfico
La circulación de transporte especial estará prohibida cuando haya nieve o hielo en la carretera y en caso de niebla, esté nevando o lloviendo y que se reduzca la visibilidad a menos de 200m.
El conductor o el coordinador de tráfico de la empresa deberá inspeccionar la ruta seleccionada al menos 5 días antes de la circulación del vehículo.
Para más información, póngase en contacto con la Asociación belga:
FEBETRA
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Hace 5 años